Recurso: Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa puede interponer recurso de reposición previo al Contencioso Administrativo, ante la Alcaldía Presidencia o directamente ante el Juzgado de dicha Jurisdicción de Madrid, en el plazo de uno o de dos meses respectivamente, a contar desde el día siguiente al de la presente notificación. Todo ello sin perjuicio de cualesquiera otros que estime procedentes.