El departamento de recaudación se encarga de:
1.- Emisión de padrones y liquidaciones para el cobro de impuestos y tasas.
2.- Cobro de las deudas tributarias en voluntaria y ejecutiva.
3.- Tramitación de aplazamientos y fraccionamientos.
4.- Información tributaria y catastral.
5.- Asesorar a los contribuyentes acerca del cumplmiento de sus obligaciones tributarias.
Solicita tu cita previa a través del correo citaprevia@ayto-sotodelreal.es o llamando al 91 847 60 04 (extensión 3)
Dirección: Plaza de la Villa S/N Segunda planta – 28791 Soto del Real (Madrid)
Teléfono 91 847 60 04
Horario de atención al público:
Mañanas: lunes a viernes de 9-14h
E-mail: recaudacion@ayto-sotodelreal.es
Modelos de impresión de solicitud – documentos:
- MODELO DE RESPRESENTACIÓN EN LOS PROCEDIMIENTOS INICIADOS A INSTANCIA DE LOS INTERESADOS
- SOLICITUD-BONIFICACIÓN DEL IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA (IVTM)
- SOLICITUD-BONIFICACIÓN IBI FAMILIA NUMEROSA
- SOLICITUD-DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA (IVTM)
- SOLICITUD-DOMICILIACION BANCARIA DE TASAS E IMPUESTOS MUNICIPALES RECIBOS DE PERIODICIDAD ANUAL
- SOLICITUD-EXENCIÓN EN EL IVTM POR MINUSVALÍA
- SOLICITUD-FRACCIONAMIENTO DE PAGO
- SOLICITUD-SISTEMA ESPECIAL DE PAGO DE UN PLAZO DEL IBI
- SOLICITUD-LIQUIDACIÓN O AUTOLIQUIDACIÓN DE TASAS E IMPUESTOS DE OBRAS
- SOLICITUD-DE LIQUIDACIÓN O AUTOLIQUIDACIÓN DE TASAS E IMPUESTOS PARA LICENCIAS URBANISTICAS
- SOLICITUD-DE LIQUIDACIÓN O AUTOLIQUIDACIÓN DE TASAS E IMPUESTOS DE DECLARACIÓN RESPONSABLE URBANÍSTICAS DE ACTIVIDAD
- SOLICITUD-LIQUIDACIÓN O AUTOLIQUIDACIÓN DE TASAS E IMPUESTOS DE CALAS Y POZOS
FORMAS DE PAGO TRIBUTOS MUNICIPALES:
El pago de tributos es uno de los servicios más utilizados por los vecinos en el Ayuntamiento de Soto del Real. Para realizar esta gestión, existen dos modalidades:
- Presencialmente: si dispone de recibo en papel, puede acudir con ese documento de pago a cualquier oficina colaboradora de Bankia, CaixaBank o Santander; en las que no es preciso tener cuenta abierta.
- Pago telemático de impuestos, a través de la Oficina Virtual Tributaria del Ayuntamiento de Soto del Real:
- Si dispone de certificado electrónico o pin clave: Entre en la Oficina virtual y pinche en ‘Consulta y pago online de deudas’.
- Si no dispone de certificado: Entre en la Oficina virtual y pinche en ‘Pago sin identificación’ y luego en “ACCESO A LA PASARELA.” Accederá a la pasarela de pagodonde podrá introducir el número de identificación del recibo y proceder al pago con tarjeta.
Aprobada la suspensión y retraso del cobro de impuestos para vecinos de Soto Del Real. Aprobamos una primera media fiscal extraordinaria y urgente para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19:
– Se retrasa el cobro del IBI y del numerito del coche (IVTM) para todos los vecinos
-Se suspende el cobro de la Tasa de #basuras para bares, restaurantes, locales y comercios afectados por el Estado de Alarma y la Tasa por ocupación de suelo público con #terrazas
-Aplazamiento del mes de abril para todos los vecinos
Información completa: https://
PADRÓN DE LA TASA DE BASURAS COVID.19
El periodo voluntario para el pago de los recibos de la tasa de basuras Covid.19 es: del 01/octubre/2020 al 30/noviembre/2020.
CALENDARIO FISCAL 2020 (aprobado antes del COVID-19) SOTO DEL REAL
IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES (IBI):
Periodo voluntario de pago:
1º Plazo: 10 de marzo al 30 de abril
2º Plazo: 1 de septiembre al 31 de octubre
IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA:
Plazo: 1 de abril al 31 de mayo
TASA RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS:
Plazo: 1 de junio al 31 de julio
TASA POR VADOS:
Plazo: 1 de agosto al 30 de setiembre
IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS:
Plazo: 1 de octubre al 30 de noviembre
TASA POR OCUPACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO CON TERRAZAS:
Plazo: 1 de mayo al 30 de junio
Modalidad de cobro: a través de las entidades de crédito colaboradoras: “Bankia”, “CaixaBank”, “Banco Santander” y “BBVA”. Los lugares, días y horas de ingreso: según horarios de pagos de recibos establecidos por las entidades colaboradoras reseñadas.
Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y en su caso las costas que se produzcan.
El presente calendario fiscal corresponde al pago de los tributos de devengo periódico y notificación colectiva.
La publicación del presente calendario fiscal cumple la función de anuncio de cobranza establecido en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación.